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La Ley 32294: Mejora en la Transparencia de Créditos en el Sistema Financiero Peruano

El 10 de abril de 2025, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley 32294, una normativa que modifica la Ley complementaria de protección al consumidor en el ámbito de los servicios financieros. Esta nueva disposición introduce el artículo 2-A, que establece la obligación de las entidades del sistema financiero de informar, cuando un solicitante lo requiera, sobre las razones que llevaron al rechazo de su solicitud de crédito.

Detalles de la Ley

La nueva legislación trae consigo importantes cambios en la forma en la que las instituciones financieras manejan las solicitudes de crédito. A continuación, se detallan sus características más relevantes:

  • Informes de Denegatoria: Las instituciones financieras deberán proporcionar, a solicitud del interesado, una explicación clara sobre los motivos por los cuales su solicitud de crédito fue denegada. Esta información deberá ser comunicada a través de los canales previamente establecidos por la entidad.
  • Excepciones: No será necesario ofrecer esta información en el caso de que la negativa se base en el perfil del solicitante, conforme a las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) y de acuerdo con el artículo 85 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Objetivos y Reacciones

La Ley 32294 tiene como objetivo principal fortalecer los derechos de los consumidores en el sector financiero, promoviendo la transparencia. Con esta normativa, se espera que los consumidores puedan acceder a información clara sobre las razones detrás de las denegaciones de crédito, lo que puede permitirles tomar decisiones más informadas.

Sin embargo, la ley ha generado opiniones encontradas en el sector financiero. Por un lado, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), junto con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Banco Central de Reserva (BCR), han expresado sus preocupaciones sobre los posibles costos adicionales que esto podría implicar, además de su impacto en la inclusión financiera. Por otro lado, la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc) ha señalado su inquietud respecto a la carga operativa y los costos derivados de esta obligación.

Implementación

Para garantizar la adecuada implementación de esta legislación, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) deberá emitir normas adicionales en un plazo de treinta días calendario a partir de la entrada en vigor de la ley. Esto hará posible que las entidades financieras se adapten a estas nuevas exigencias y que la informatividad prometida a los consumidores se materialice.

En resumen, la Ley 32294 es un paso significativo hacia la mejora de la transparencia en el sector financiero en Perú, respondiendo a las solicitudes de los consumidores y buscando equilibrar la información entre los usuarios y las entidades financieras. Con esto, se espera fortalecer los derechos de los consumidores y fomentar una mayor claridad en la industria financiera.

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